Boletín Informativo de
"Asesoría
Jurídica Especializada"
Prórroga de la Inamovilidad Laboral Especial
Los Trabajadores que gozarán de esta nueva prórroga de inamovilidad laboral son: aquellos que ejerzan cargos distintos a los de dirección y confianza, que tengan más de 3 meses al servicio de su empleador, y que para la fecha del Decreto devenguen un salario básico mensual inferior a seiscientos treinta y tres mil seiscientos bolívares (Bs.633.600,oo). Quedan excluidos de esta protección quienes no reúnan las condiciones antes especificadas, y los funcionarios y funcionarias del sector público, por disposición expresa del Decreto.
Aunque el Decreto ratifica el derecho de todo trabajador cubierto por la inamovilidad a ejercer en caso de despido o desmejora sin justa causa previamente calificada por el Inspector del Trabajo, el procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos previsto en el artículo 453 de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), sin embargo, se permite que empleadores y trabajadores puedan alcanzar convenios o acuerdos de reducción de personal a través del procedimiento de negociación establecido para ello por la LOT.